¿Se desnaturaliza el contrato si trabajador a tiempo parcial realiza más horas de lo establecido en su jornada?
- Categoría: Derecho Previsional
- Fecha: 17-10-2021
¿Se desnaturaliza el contrato si trabajador a tiempo parcial realiza más horas de lo establecido en su jornada?
Mediante el Expediente 20001-2018-0-1801-JR-LA-07 se confirmó la desnaturalización de un contrato parcial, puesto que el trabajador realizó horas adicionales que superaban el mínimo promedio.
En este caso, un trabajador solicitaba el pago de beneficios sociales, bajo el régimen de la actividad privada y no como tiempo parcial ya que se había desnaturalizado al haber realizado más horas de las legales.
En primera instancia, se declaró fundada en parte la demanda y se ordenó reconocer la existencia de una relación laboral a plazo indeterminado bajo el régimen laboral de la actividad privada.
El empleador apeló señalando que la sentencia de primera instancia se basó en un error; en cuanto que las labores por 105 horas se sujetó a un llenado erróneo de las boletas de pago y sin considerar el reporte de las horas de dictado.
El Colegiado Superior observó que dentro de las boletas de pago mensuales, se advertía que la remuneración promedio era de S/ 130.00 por hora laborada.
De esta manera la remuneración asignada por el empleador se relacionaba al número de horas promedio dentro de la jornada a tiempo parcial (sujeto a un periodo máximo de 96 horas).
Sin embargo en setiembre de 2017 se abonó una remuneración por 105 horas laboradas entonces también.
En ese sentido, la Corte Superior advirtió que dentro de dicho mes el trabajador laboró sobrepasando las 96 horas máximas establecidas para el contrato a tiempo parcial y por tanto se aprecian elementos objetivos para poder determinar la causal de desnaturalización del contrato a tiempo parcial sujeto al régimen laboral de la actividad privada previsto en el Decreto Legislativo 728, pues el trabajador ha sobrepasado una jornada menor a las 4 horas diarias o el promedio semanal.
De esta manera se confirmó la sentencia de primera instancia.
Fundamento destacado: Vigésimo séptimo: Entonces, no resulta adecuado afirmar que la determinación de 105 horas se haya sujetado a un error dentro de su declaración de las boletas de pago, en cuanto se reitera que su designación se ha sujetado de una simple comparación entre las horas laboradas y la remuneración percibida de manera mensual; así, a pesar que dentro del documento denominado “Reporte de Horas de Dictado” se puede apreciar un número de horas menor a 98, pero tal medio probatorio no contradice el desarrollo de labores hasta 105 horas, en cuanto tal boleta de pago se sujeta a los parámetros de idoneidad y necesidad.
Con ello, al advertir que dentro del mes de setiembre de 2017 se ha laborado sobrepasando las 96 horas máximas establecidas para el contrato a tiempo parcial; se aprecian elementos objetivos para poder determinar la causal de desnaturalización del contrato a tiempo parcial sujeto al régimen laboral de la actividad privada previsto en el Decreto Legislativo N° 728, pues el trabajador ha sobrepasado una jornada menor a las 4 horas diarias o el promedio semanal.